Revisado en noviembre de 2023
La firma electrónica en Estados Unidos debe garantizar la autenticidad, la intimidad e integridad del mensaje o documento firmado. Para ello se utilizan diferentes métodos o factores de autenticación o datos de identidad. Los principales tipos son:
- La firma digital. Es un valor numérico que se agrega a un mensaje o documento y garantiza su integridad y autenticidad mediante cifrado asimétrico y un certificado digital.
- La firma electrónica. Es cualquier método que permita identificar a una persona en relación con un mensaje o documento.
- La firma electrónica certificada. Es cualquier método de firma electrónica que se realice con factores o datos de identidad, que incluye un certificado digital para garantizar su seguridad e integridad.
Normativa y Leyes
La firma electrónica en Estados Unidos empezó a ser legal en el año 2000. Lo hizo a través de dos leyes:
- La Ley de Firma Electrónica ESIGN (Electronic Signatures in Global and National Commerce Act (ESIGN)
- La Ley Uniforme de Transacciones Electrónicas o UETA (Electronic Transactions Act).
Se distingue entre firma electrónica y firma digital. Aunque ambas tienen validez, son conceptos diferentes.
Firma electrónica
La legislación estadounidense reconoce a la firma electrónica como:
«Un sonido, símbolo o proceso electrónico adjunto o asociado a un registro y llevado a cabo o adoptado por una persona».
En otras palabras, se parece a la firma electrónica simple de elDAS. Tras aceptar la cláusula, la firma se representa con medios simples (ratón, dedo…).
Firma digital
En cambio, la firma digital es la realizada con un certificado digital.
Por tanto, la normativa de Estados Unidos es más laxa y permisiva con el uso de la firma digital que la europea.
¿Qué requisitos debe cumplir la firma electrónica en Estados Unidos?
La normativa de Estados Unidos recoge que no se negarán los efectos jurídicos a las firmas simplemente porque estén basadas en un formato electrónico / digital. No obstante, es fundamental disponer del permiso de todas las partes para poder realizar el proceso por vías digitales.
Además del permiso de todas las partes, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Haber obtenido una copia de las «Divulgaciones de Consentimiento del Consumidor de la UETA».
- Haber expresado de manera consciente que acepta el uso de registros electrónicos en todas las transacciones en las que participe.
- No haber revocado previamente el consentimiento para realizar transacciones de forma electrónica.
- Haber vinculado una firma electrónica al registro adecuado.
Excepciones en las que no se admite la firma electrónica en Estados Unidos:
En las siguientes situaciones los documentos deben ser firmada en persona:
- La creación y llevada a cabo de testamentos.
- Áreas asociadas al derecho de familia, como adopciones y divorcios.
- Documentos sobre el Código Comercial Uniforme.
- Documentos judiciales.
Las transacciones hechas con firma electrónica deben quedar registradas. Para ello hay dos opciones:
- Un historial que describa cómo se generó la firma.
- El software debe dar una descripción en formato de texto o gráfico. Se adjuntará al registro firmado, mostrando que la transacción se llevó a cabo con una firma electrónica.
Una vez hecho este registro debe preservarse de manera precisa, sirviendo como una referencia fidedigna para cualquier persona autorizada a mantener dichos registros.
Estatus de la firma electrónica en Estados Unidos
Hasta la fecha, 47 de los 50 estados de Estados Unidos han adoptado la UETA como marco legal para regular las firmas digitales. Sigue siendo aplicable cuando no entra en conflicto con la ley ESIGN. Sin embargo, 3 de estos estados (Illinois, Nueva York y Washington) operan bajo una normativa diferente.
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