Revisado en diciembre de 2023
La firma electrónica en Chile debe garantizar la autenticidad, la intimidad e integridad del mensaje o documento firmado. Para ello se utilizan diferentes métodos o factores de autenticación o datos de identidad. Los principales tipos son:
- La firma digital. Es un valor numérico que se agrega a un mensaje o documento y garantiza su integridad y autenticidad mediante cifrado asimétrica y un certificado digital.
- La firma electrónica. Es cualquier método que permita identificar a una persona en relación con un mensaje o documento.
- La firma electrónica certificada. Es cualquier método de firma electrónica que se realice con factores o datos de identidad, que incluye un certificado digital para garantizar su seguridad e integridad.
Normativa y Leyes
La principal normativa sobre firma electrónica en Chile es la Ley Nº19.799: Sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de Dicha Firma. Define y regula los tipos de firma electrónica, incluyendo la Firma Electrónica Simple (FES) y la Firma Electrónica Avanzada (FEA). Se usará una u otra dependiendo del documento que se firme, el valor probatorio de los mismos y la seguridad empleada, tanto en su creación, como la que otorga su utilización.
- Firma Electrónica Simple (FES)
Permite al receptor de un documento electrónico identificar formalmente a su autor. Puede ser usada en la emisión de documentos como poderes simples, acuerdos o contratos consensuales.
- Firma Electrónica Avanzada (FEA)
Certificada por un proveedor acreditado y asegura la integridad del documento electrónico firmado y la identidad de los firmantes. Así, impide que el firmante rechace haberlo emitido y detecta cualquier modificación al documento.
Además, las normas dicen que los actos y contratos firmados por personas, ya sean naturales o jurídicas, serán válidos si se usan firmas electrónicas. Tendrá el mismo efecto que si se hicieran en papel. Estos actos y contratos se considerarán escritos cuando la ley lo requiera. También se considerarán escritos en todos los casos en que la ley dé consecuencias jurídicas a documentos escritos.
¿Qué documento requiere de firma electrónica simple y cuál avanzada?
- Firma Electrónica Simple
Se usa cuando los documentos no son “instrumento público”. Por ejemplo, para todos aquellos documentos intercambiados al interior de un servicio público, o para todas aquellas comunicaciones enviadas a ciudadanos, que no sean instrumentos públicos. Mayormente, es utilizado para autenticarse en el SII y al facturar.
- Firma Electrónica Avanzada
Su uso es obligatorio solo para aquellos documentos que son instrumento público o que se desea produzcan los efectos jurídicos de estos. Por ejemplo:
- Actos administrativos formalizados por medio de documentos electrónicos y que consten en decretos o resoluciones
- Acuerdos de órganos colegiados
- Firma de contratos
- Cualquier documento que exprese la voluntad de un órgano o servicio público de la Administración del Estado en ejercicio de sus potestades legales
Mayormente, se utilizan para firmar documentos que tengan efectos con terceras personas o para creación de empresa en un día.
Cómo obtener una Firma Electrónica / Certificado Digital en Chile
Para obtener la Firma Electrónica o Certificado Digital solo es necesario el Número de documento de identidad y el Run. Según el tipo de firma le serán solicitados otros documentos. Si compra una Firma Electrónica Avanzada o de Notario, debe tener un dispositivo e-token para poder operar con su firma. Si ya lo tiene no necesitará comprar otro para renovar su firma electrónica.
Otra normativa sobre firma electrónica en Chile
- Decreto Supremo N° 181 de 2002. Aprueba Reglamento de la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, Firma Electrónica y la Certificación de dicha firma. Última versión en 2014.
- Decreto Supremo N° 83 de 2005. Aprueba norma técnica para los órganos de la administración del estado sobre seguridad y confidencialidad de los documentos electrónicos.
- Ley N° 20.217 de 2007. Modifica el Código de Procedimiento Civil y la Ley Nº 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y los servicios de certificación de dicha firma.
- Decreto Supremo N° 154 de 2012. Modifica Decreto N° 181 de 2002, que aprueba Reglamento de Ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y la certificación de dicha firma.
- Decreto Supremo N° 14 de 2014. Modifica Decreto N° 181 de 2002, que aprueba Reglamento de Ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y la certificación de dicha firma.
- Decreto N° 24 de 2019. Aprueba Norma Técnica para la prestación del servicio de certificación de Firma Electrónica Avanzada.
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